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Actividades con pernocta

Si tu ruta implica pasar noche fuera, debes tener en cuenta que no se puede dormir en cualquier lugar y que hay que cumplir unos requisitos a la hora de pernoctar. Infórmate de la legislación vigente en la comunidad autónoma de realización del campamento.

En el caso concreto de Aragón, esta normativa viene especificada en el Decreto 61/2006 Artículo 18:  

  • Disponer del permiso de un particular o ayuntamiento en:
    • Entornos urbanos.
    • En montaña por debajo de los 1500 m.
    • En montaña, por encima de 1500 m pero a menos de dos horas de marcha de un punto accesible con vehículo a motor.
  • Por encima de 1.500 m de altitud Y a más de 2 horas de marcha de un punto accesible con vehículo a motor: cumplir la normativa de acampadas en alta montaña del Decreto 61/2006 Artículo 18, que indica, entre otras cosas, que es necesaria una comunicación previa y simultánea al órgano competente y al Centro de Emergencias 112.